Artículo 16.- Son atribuciones de la Asamblea General:
16.1 La elección y aprobación de la Junta Directiva.
16.2 El examen y aprobación, en su caso, de la Memoria anual a presentar por la Junta Directiva.
16.3 El control y aprobación de la gestión de la Junta Directiva y de las Delegaciones de la Sociedad.
16.4 Adoptar acuerdos sobre cualesquiera otros asuntos que se sometan a su deliberación y cuya resolución no esté atribuida por estos Estatutos a la competencia de otro organismo o miembro.
16.5 La Asamblea General podrá destituir a la Junta Directiva en bloque por mayoría absoluta de miembros presentes y votantes en una asamblea (dos tercios de quorum necesario) organizada para tal efecto (único punto del día). Dicha asamblea deberá ser propuesta por un mínimo del 20% de los miembros de pleno derecho de la Sociedad. La propuesta de destitución de la Junta Directiva deberá hacerse llegar a la Junta Directiva mediante escrito firmado por todos los miembros que la propongan